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Es muy parecido a una tarjeta de crédito con la diferencia de que se permite la financiación del pago, es decir, permite la compra inmediata permitiendo aplazar los pagos en los meses futuros. Para que esto sea posible, la entidad financiera cobra una serie de intereses que han sido pactados previamente, de forma que se abonarían los pagos pactados con el banco más los intereses que se hayan firmado previamente.
El 4 de marzo de 2020, el Tribunal Supremo, en su Sentencia 149/2020, calificó de abusivos los intereses pagados por el contrato de una tarjeta revolving formalizado con una entidad que opera en España, por aplicar intereses usurarios.
La anulación del contrato de la tarjeta. Esto quiere decir que la entidad financiera deberá restituir a su cliente todos los intereses, comisiones y gastos que hayan sido cobrados durante toda la vida de la tarjeta, lo que puede ser muy interesante, ya que hablamos de cantidades muy elevadas cuando se trata de contratos suscritos antiguos. Además, a estas cantidades deben sumarse los intereses legales.
Hay casos en los que se podría obtener una cantidad de hasta 8.000€
Para ellos será necesario contar con el contrato de la tarjeta, así como de recibos o liquidaciones de la misma. Si, por el contrario, el cliente no tiene la documentación, podremos informarle cómo conseguirla.
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